La cobertura en carácter titular para cargos de prosecretaria fue discutida y aprobada en la Comisión Técnica de Estabilidad. Esta comisión integrada por representantes de la Dirección de Escuelas y por representantes de todos los gremios docentes fue creada en el marco de los acuerdos paritarios, para resolver la falta de estabilidad que afectaba a muchos docentes del sistema educativo provincial.
En el caso de los prosecretarios se acordó que la cobertura se realizaría de acuerdo a lo previsto por el artículo 76, inciso b, del Estatuto Docente, “concurso de títulos y antecedentes”, es decir, por puntaje docente, respetando las condiciones requeridas por los artículos80 y 82 del mismo y los acuerdos paritarios del 6 de octubre del 2009.
Para quienes se desempeñan en el cargo de prosecretario en el mismo nivel al que aspiran, se les adicionarán 0.50 al puntaje final por año trabajado.
El llamado es para los diferentes niveles:
CARGO | ESCUELAS VACANTES EN LANUS |
PROSECRETARIO ESCUELA PRIMARIA | 1-3-4-6-14-18-19-22-26-27-35-37-39-41-43-44-46-50-53-56-60-63-66-74-77 |
PROSECRETARIO DE EDUCACIÓN ESPECIAL | 501-503-504-506 |
PROSECRETARIO DE SECUNDARIA | 2-6-10-11-12 |
PROSECRETARIO DE ESCUELA TÉCNICA | 4-6-9 |
JEFE DE PRECEPTORES DE SECUNDARIA | 3-4-5-10-11-12 |
JEFE DE PRECEPTORES DE TÉCNICA | 1-2-3-5 |
b) poseer una antigüedad mínima en el nivel de 3 años (se computa antigüedad en privada)
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